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Este blog es para documentar lo percibido y aprendido por Leslye Cuevas, a traves del curso Derecho Economico impartido por la Lic. Rosaurora Moncayo

martes, 4 de mayo de 2010

Organización Económica del Estado Mexicano

Las constituciones políticas representan los paradigmas sociopolíticos que establecen las bases de organización del poder, en donde se plasman proyectos nacionales que sintetizan la historia de los pueblos.

La organización económica actual del Estado es el resultado de una evolución histórica que culminó en 1983 con la reforma de la Carta Magna en la cual se introdujo una regulación económica expresa basada principalmente en los siguiente:

-(Art. 25). Se establece una economía mixta bajo rectoría estatal; la cual se desarrolla, por primera vez, con la concurrencia de los sectores público, social y privado para lograr el desarrollo económico y social de la nación.

-(Art. 26) Se establece que la rectoría del Estado debe llevarse a cabo a través de la técnica de una planeación democrática nacional, la cual establecerá las vertientes obligatorias para la administración pública federal y un sistema de coordinación entre la federación y los estados. Asimismo, se establecen los mecanismos de concertación para la participación de los sectores social y privado en el establecimiento de metas de desarrollo nacional.

Fundamentación Constitucional del Derecho Económico en México En nuestro orden interno nacional tres son los principios que inspiran la normativa económica: La rectoría económica del Estado(Art. 25-27), La economía mixta (Art. 5,11,16,25 y 28) y La planeación democrática(Art. 26).


Rectoría económica del Estado: Implica que el Estado tiene a su cargo la rectoría y orientación del desarrollo económico y social del país, responsabilidad que en algunos casos es exclusiva (recursos naturales no renovables) y en otros compartida con los sectores social y privado.

Economía Mixta: Se constituye una economía de mercado intervenido por la gestión pública, privada y social. (Libertad de Empresa ------ Áreas Estratégicas).

Planeación democrática: Instrumento de gobierno enfocado a establecer metas de desarrollo económico y social mediante la consulta popular (sector social) y l la coordinación de federación y estados (convenios).



Facultades del Congreso de la Unión en materia económica (Art.73)
Clasificación de facultades legislativas según el autor:
-
Facultades en materia de división territorial.
-Facultades con relación al Distrito Federal
-Facultades en materia hacendaria.
-Facultades respecto al comercio entre los Estados.
-Facultades respecto a materias que por su importancia deben estar consignadas en leyes federales.
-Facultades en materia económica.
Algunas son: El Congreso esta facultado para:
Expedir leyes sobre planeación nacional del desarrollo económico y social, así como en materia de información estadística y geográfica de interés nacional. (Frac. XXIX-D).
Expedir leyes para la programación, promoción, concertación y ejecución de acciones de orden económico, especialmente las referentes al abasto y otras que tengan como fin la producción suficiente y oportuna de bienes y servicios, social y nacionalmente necesarios. (Frac. XXIX-E)
Expedir leyes tendientes a la promoción de la inversión mexicana, la regulación de la inversión extranjera, la transferencia de la tecnología y la generación, difusión y aplicación de los conocimientos científicos y tecnológicos que requiere el desarrollo nacional. (Frac. XXIX-F)

Facultades del Ejecutivo en Materia Económica
(Art. 89) Atribuciones del Ejecutivo Federal con contenido económico:

-Promulgar y expedir las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa su exacta observancia. (fracción I)
-Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, sometiéndolos a la aprobación del Senado. (Fracción X)
-Habilitar toda clase de puertos, establecer aduanas marítimas y fronterizas, y designar su ubicación. (fracción XIII)
-La demás conferidas por esta Constitución. (fracción XX)…

Facultades de la Asamblea Legislativa en Materia Economica
En el articulo 36 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, se regula la estructura y atribuciones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal”, el cual tiene encomendada la realización de la función legislativa.
Por lo tanto, en su numeral 42 se le han otorgado diversas facultades en materia económica, como las siguientes:
-Examinar, discutir y aprobar anualmente la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal. (Fracción II) (Fracción III )
-Formular su proyecto de presupuesto, el cual será enviado al jefe del Distrito Federal para su incorporación en el proyecto de Presupuesto de Egresos del distrito Federal (Fracción III) (Fracción V)

-Formular observaciones al programa general de desarrollo del Distrito Federal que le remita al Jefe de Gobierno del Distrito Federal para su examen y opinión (Fracción V) (Fracción IV)

-Expedir las disposiciones legales para organizar la hacienda pública, contaduría mayor y el presupuesto, la contabilidad y el gasto público del Distrito Federal. (Fracción IX)

-Legislar en materia de planeación de desarrollo (Urbano, vivienda, vías públicas, estacionamientos, etc. (Fracción XIV) (Fracción VII)
Expusieron: José Luis y Gerardo Roque





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